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El negocio – Guía Informativa para Autónomos y Pymes

Autónomos

Cuidado con repartir a domicilio si tributas por módulos

Los autónomos que tributan por Estimación Objetiva no pueden hacer repartos a domicilio. Si quieren llevar a cabo esta actividad tendrán que tributar por Estimación Directa.

repartidor
Fuente: Flickr

El estado de alarma y la pandemia global de coronavirus Covid-19 ha provocado que los hábitos de los consumidores cambien por completo. Esta situación ha motivado que muchos hosteleros hayan decidido empezar a repartir a domicilio.

Sin embargo, muchos autónomos no saben que está decisión puede convertirse en un problema. Según la Agencia Tributaria, para poder realizar el reparto a domicilio con medios propios, es decir, sin plataforma, es obligatorio comunicar a Hacienda el inicio de esta nueva actividad a través de la presentación del modelo 036 o 037.

No puedes repartir a domicilio si tributas por módulos

Según la agencia, el autónomo debe incluirse en el epígrafe “Otros Servicios de Alimentación Propios de la Restauración”. ¿Cuál es el problema? Que este epígrafe no está contemplado para los negocios que tributen por módulos. Por lo que, solo se podran dar de alta de forma directa los autónomos que tributan en Estimación Directa Simplificada y las Sociedades Mercantiles.

¿Una traba más para los autónomos? La realidad es que, si quieren repartir a domicilio, no podrán tributar de la manera a la que están acostumbrados. No obstante, los trabajadores por cuenta propia que tributen en Estimación Objetiva (Módulos) y que quieran desempeñar esta actividad, quedarán excluidos automáticamente de este tributación pasando a Estimación Directa, con el perjuicio económico que esto les va a suponer.

Por este motivo, desde la patronal madrileña Hostelería Madrid no recomiendan a los autónomos que tributen en Módulos que se den de alta en la actividad de Reparto a Domicilio. “La demanda de pedidos que tengan durante estos días en el reparto a domicilio no les va a compensar económicamente, dado que al pasar de forma obligatoria a Estimación Directa tienen una penalización de 3 años para poder volver a tributar en Módulos”, explican desde el Departamento Fiscal de la patronal.

Escrito por

Periodista experto en información económica. Especializado en autónomos y PYMEs de la hostelería y el comercio.

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