Una de las medidas que fomenta el emprendimiento y el empleo autónomo es el pago único. Gracias a esta medida, una persona que este percibiendo la prestación por desempleo podrá recibir el importe total o parcial de su paro para destinarlo a la inversión que requiere el inicio de una actividad por cuenta propia.
Esto se denomina ‘capitalización del desempleo’, que puede cobrarse en la modalidad de ‘pago único’.
¿Qué es el pago único?
Se trata del cobro íntegro de todas las prestaciones a las que un trabajador por cuenta ajena tiene derecho, con el fin de aumentar su capacidad de inversión cuando emprende un nuevo negocio. Se pueden dar tres tipos de beneficiarios:
- Aquellos que quieran desarrollar una actividad profesional convirtiéndose en autónomo.
- Aquellos que quieran crear una cooperativa o unirse a una que ya está operativa como un socio trabajador de forma estable.
- Aquellos que quieran crear una sociedad laboral como socio trabajador. O como trabajador autónomo socio en un una mercantil.
Requisitos para cobrar el pago único
Los nuevos emprendedores están sujetos a una serie de requisitos para poder acceder al pago único:
- No haber iniciado ninguna actividad.
- Tener un mínimo de tres mensualidades o prestaciones pendientes de cobro.
- No haber capitalizado el paro en los cuatro años anteriores a la solicitud.
- Si el nuevo emprendedor hubiese impugnado el cese de la relación laboral, por ejemplo, por despido improcedente, se verá obligado a esperar hasta la resolución de ese procedimiento para solicitar esta prestación.
- Si se capitaliza el paro para formar parte de una sociedad cooperativa o laboral, deberá incluirse en la empresa como socio trabajador.
- En cuanto a los desempleados que opten al pago único para formar parte de una empresa mercantil, los requisitos son más específicos:
- Que la sociedad mercantil que se constituya o que se haya constituido 12 meses antes de la fecha de incorporación.
- Que el solicitante no haya tenido ningún vínculo laboral previo después de haber estado en paro.
- Tener el control sobre la sociedad mercantil.
- Desarrollar una actividad dentro.
- Darse de alta en el RETA o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
Periodista experto en información económica. Especializado en autónomos y PYMEs de la hostelería y el comercio.
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