Los autónomos, del mismo modo que los asalariados, cuentan con una especie de prestación por desempleo; el conocido como paro de autónomos. Una medida a la que muchos profesionales tienen que recurrir cuando no les queda más opción que bajar la persiana de su negocio para siempre.
Cabe recordar que, para un autónomo, cerrar su empresa no solo supone abandonar su fuente de ingresos; si no que en la mayoría de los casos dejará una serie de deudas a su espalda. Por este motivo, es tan importante esta prestación.
Requisitos para cobrar el paro de autónomos
No obstante, no todos los autónomos tienen derecho a esta prestación. Del mismo modo que con el resto de prestaciones, el profesional tiene que cumplir con una serie de requisitos:
- Estar afiliado y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Haber cotizado por un periodo mínimo de 12 meses de cotización como autónomo.
- El profesional debe estar al corriente de pago de la cuota de autónomo.
- Para recibir la prestación, no se puede haber perdido la licencia por una infracción penal.
Cómo solicitar el paro de autónomos
Para solicitar la prestación, el autónomo tiene que acudir a uno de los siguientes organismos:
- En la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que el trabajador por cuenta ajena tiene cubierta esta prestación.
- Cuando la contingencia de cese de actividad esta cubierta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el autónomo tendrá que acudir al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- En el Instituto Social de la Marina, en el caso de que la prestación esté cubierta por esta entidad.
Periodista experto en información económica. Especializado en autónomos y PYMEs de la hostelería y el comercio.
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