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El negocio – Guía Informativa para Autónomos y Pymes

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Pluriempleo: ¿es posible ser autónomo y trabajar por cuenta ajena?

Trabajar como autónomo y por cuenta ajena es posible. En este artículo te resolvemos todas las dudas sobre esta modalidad de trabajo.

¿Se puede trabajar como autónomo y por cuenta ajena?
¿Se puede trabajar como autónomo y por cuenta ajena? (foto: Pixabay)

Si se puede o no trabajar por cuenta ajena siendo autónomo es una pregunta recurrente para muchos autónomos. Lo cierto es que la pluriactividad se define como la condición laboral en la cual una persona trabaja por cuenta ajena y es trabajadora autónoma de forma simultánea. Por lo tanto, la respuesta es sí, se puede.

Esto implica cotizar en Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al mismo tiempo.

¿En qué casos se puede trabajar como autónomo y por cuenta ajena de forma simultánea?

Un caso práctico en el que esta situación sea posible es cuando nos encontramos trabajando en una empresa, pero nos surge la oportunidad de iniciar un emprendimiento en calidad de autónomo. Si desconoces la posibilidad de hacer ambas actividades al mismo tiempo, es posible que te plantees con cuál de ellas quedarte. Sin embargo, la Ley te permite que lleves a cabo ambas de forma simultánea.

¿Es compatible con la tarifa plana?

No. La pluriactividad es una situación incompatible con la bonificación de la tarifa plana. Sin embargo, obtendremos el beneficio de la reducción del 50% y del 75% sobre la cuota de autónomo durante los primeros 18 meses. Este concepto es conocido como reducción de la base de cotización. Por lo tanto, es importante tener en cuenta las opciones que se nos despliegan a raíz de esta forma de trabajar, para así decidir en base a números reales, comparando lo que se hubiera pagado por concepto de tarifa plana y lo que se paga por reducción de la base de cotización. Las dos opciones son:

  • Tarifa plana con base mínima
  • Reducción de la base de cotización
  • Tarifa plana con base mínima
    • 12 Primeros meses: 50 euros
    • 6 Meses siguientes: 137 euros
    • 6 Meses siguientes: 192 euros

En el caso de:

  • Mujeres menores de 35 años
  • Hombres menores de 30 años

La cuota durante los 12 meses siguientes será de 192 euros. En tales casos, la cuota de bonificación se podría extender hasta por tres años.

  • Reducción de la base de cotización
    • 18 Primeros meses:
      • Jornada superior al 50% o completa: 178 euros (lo que implica una reducción del 75%).
      • Jornada del 50% o inferior: 119 euros (lo que implica una reducción del 50%)

Los 18 meses siguientes hasta llegar a los 36 meses, se abonarán de la siguiente forma:

  • Jornada superior al 50% o completa: 202 euros (lo que implica una reducción del 85%).
  • Jornada del 50% o inferior: 178 euros (lo que implica una reducción del 75%).
Para compatibilizar ambas actividades, hay que prestar atención al aspecto contable y fiscal (foto: Pixabay)

¿Puedo cobrar jubilaciones por ambas modalidades de trabajo?

Sí. Dado que la pluriactividad permite que exista una compatibilidad entre el trabajo por cuenta ajena y darse de alta como autónomo, se pueden percibir ambas jubilaciones.

A tales efectos, es necesario cumplir con todos los requisitos que ambos regímenes tengan estipulados. El requisito referente al tiempo para que tengas acceso a cobrar ambas jubilaciones es haber cotizado en los dos de ellos por un lapso mínimo de quince años.

Otra situación que la pluriactividad contempla es que una de las actividades no otorgue derecho a pensión. En ese caso, dicha cotización puede ser acumulada dentro del régimen que sí te habilite a cobrar una pensión. Existe un tope estipulado por Ley para tal acumulación.

Devolución por doble cotización en el marco de la pluriactividad

Al superar una cuantía fija estipulada por el gobierno, el autónomo tiene derecho a recibir una devolución de lo que cotizó de más. En la actualidad ya no es necesario solicitar esa devolución, sino que el sistema lo hará de forma automática.

En 2019, la cuantía fue de 13 822 euros. Quienes la superaron, tienen derecho a un reintegro del 50%.

Trabajar como autónomo y por cuenta ajena de cara a las prestaciones de Seguridad Social

La pluriactividad es compatible con las pensiones de vejez, invalidez, muerte y supervivencia. Los requisitos son los siguientes:

  • Según el régimen al que se esté cotizando al momento de solicitar la prestación (se deberán reunir los requisitos de la prestación a recibirse, tales como edad y necesidad por carencia).
  • En caso de no reunirse los requisitos, el trabajador podrá solicitar la prestación por el régimen que haya cotizado previamente (deberán reunirse los requisitos).
  • Cuando no se reúnen los requisitos para este último caso, se sumarán todas las cotizaciones y la pensión se brinda por el régimen que acredite la mayor cotización.

Escrito por

Periodista experto en noticias jurídicas y actualidad económica.

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