Castilla – La Mancha se ha visto seriamente afectada por las medidas gubernamentales del Gobierno de confinamiento obligatorio que atenta contra la libertad personal. El decreto-ley que estableció el estado de alarma se pensó para salvar vidas, pero en perjuicio directo de la economía.
Para paliar estos efectos, el Gobierno ha otorgado ayudas, pero estas claramente no han sido suficientes. El mantener la actividad y asegurarse un puesto en el entramado empresarial una vez la crisis llegue a su fin no es para todo el mundo. Por ello han surgido ayudas alternativas que apuntan a la reactivación de la actividad de este vulnerable grupo de trabajadores.
Objeto y características de las ayudas para autónomos en Castilla La Mancha
Se ha decretado la concesión de subvenciones directas para autónomos y micropymes que hayan resultado afectados por la crisis del Covid-19. El plazo estipulado para su resolución es de un mes y su efecto de silencio es de carácter desestimatorio.
El objeto de esta medida es conceder dinero a trabajadores autónomos y micropymes que se hayan visto perjudicados a partir del comienzo del estado de alarma.
El plazo para presentar la solicitud de ayuda es el comprendido entre el 15 de mayo de 2020 y el 15 de junio de 2020.
Importes estipulados para las ayudas para autónomos en Castilla La Mancha
La cuantía a percibirse por concepto de las ayudas para hacer frente a la crisis pandémica dependerá de la cantidad de trabajadores que se encuentren desempeñando funciones a tiempo completo al momento de hacer efectiva la solicitud, así como también tomará en cuenta las líneas de subvenciones:
- Línea 1 de subvenciones: pertenece a los autónomos que no cuentan con asalariados en su empresa y la cuantía es de 1500 euros.
- Línea 2 de subvenciones: está destinada a las micropymes de cualquier forma jurídica y se divide de las siguientes dos formas:
- Hasta cinco trabajadores: estos deben ser de tiempo completo y la cuantía a percibirse es de 2 200 euros.
- Más de cinco y menos de diez trabajadores: también tendrán que ser de tiempo completo y la cuantía a recibirse es de 3 000 euros.
¿A quiénes están dirigidas las ayudas por Covid-19 de Castilla – La Mancha?
Estas subvenciones económicas han sido pensadas para brindar ayuda a autónomos y microempresas que hayan sufrido importantes pérdidas económicas a consecuencia de la drástica disminución de su facturación. Esta se establece en al menos el 60%, siempre y cuando esto haya ocurrido a causa del estado de alarma que llevó a la comunidad entera a un confinamiento impuesto por el Gobierno. La otra vía para obtener las ayudas es haberse visto obligado a cesar las actividades comerciales a causa del decreto-ley.
No obstante, existe una serie de requisitos a reunir para estar en condiciones de acceder a las mencionadas ayudas, las cuales están contempladas en el artículo 4 del Decreto destinado a las concesiones directas de subvenciones para trabajadores autónomos y micropymes afectados por la pandemia de coronavirus. En Castilla La Mancha los requisitos son:
- Cumplir con las obligaciones estipuladas en el artículo 12 del mencionado decreto-ley
- Presentar las comprobaciones: dado que estas ayudas forman parte de las medidas extraordinarias de subvenciones para ayudar a la reactivación de las actividades de los autónomos y micropymes que se encuentren en situación crítica, pero que reúnan ciertos requisitos, el solicitante deberá presentar la documentación que acredite que se encuentra dentro del grupo favorecido.
- Actuaciones de comprobación: el órgano encargado de realizar la concesión de ayuda comprobará que la situación y la documentación del solicitante.
Documentación a presentar para las ayudas para autónomos en Castilla La Mancha
Línea 1
Pertenece a los autónomos sin asalariados y lo que necesitarán presentar es la documentación acreditativa correspondiente a la representación de quien firma. Si quien presenta la solicitud no es el interesado, tendrá que presentar un poder notarial, una declaración en comparecencia personal de la parte interesada o bien realizar la solicitud por cualquier medio que cuente con validez de acuerdo al Derecho.
Línea 2
Pertenece a las micropymes. Si quien presenta la solicitud no es el interesado, tendrá que presentar una escritura pública y una declaración en comparecencia personal de la parte interesada. Si el solicitante fuere una persona jurídica, se presentará la documentación acreditativa.
Periodista experto en noticias jurídicas y actualidad económica.