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El negocio – Guía Informativa para Autónomos y Pymes

Trámites

Obligaciones al tener una Sociedad Limitada

Infórmate acerca de los pasos a seguir si has montado una Sociedad limitada: obligaciones contables, fiscales y de comunicación.

¿Cuáles son los pasos a seguir de una Sociedad Limitada? (Foto: Pexels).

Si has montado una Sociedad Limitada, debes conocer las obligaciones asociadas. A continuación, puedes informarte acerca de la gestión contable y fiscal de una SL y los próximos pasos a seguir.

Comunicación con la Administración pública

Las Sociedades Limitadas deben relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. La comunicación con Hacienda debe hacerse mediante el portal, Servicio de Notificaciones Electrónicas. Las alertas pueden recibirse desde la página web de la Agencia Tributaria o a través de una Dirección Electrónica Habilitada. La empresa también debe suscribirse a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, independientemente del número de trabajadores.

El certificado digital es un software que provee la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que se gestiona en el Registro Mercantil. Este certificado es necesario para realizar todos los trámites administrativos.

Sociedad Limitada: obligaciones contables y registrales

La legalización de los siguientes libros sociales de debe cumplir ante el Registro Mercantil: libro de actas; libro de registro de socios; libro de registro de contratos: libros contable; inventario. También libro de cuentas anuales (incluida la certificación del resultado final del año); libro diario; registro del IVA y libro de facturas

Sociedad Limitada: obligaciones fiscales

Pueden realizarse al momento de su constitución o durante el desarrollo de la actividad económica. Se recomienda consultar las fechas de presentación anual de modelos tributarios.

  • Alta en Hacienda. Registrar la empresa en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda a través del modelo 036. Esto debe hacerse antes de iniciar la actividad económica y empezar a facturar.
  • Alta en Impuesto de Actividades Económicas. El impuesto lo abonarán sólo quienes obtengan un importe neto anual igual o superior al millón de euros.
  • Declarar el IVA soportado (vendedor) y repercutido (consumidor final). Debe hacerse cada tres ante Hacienda mediante el modelo 303. Para el cierre fiscal también tiene que presentar el modelo 390. Y el modelo 349 es para operaciones intracomunitarias.
  • Atención al Impuesto sobre Sociedades. Este impuesto está sujeto a modificaciones legislativas según los modelos de negocios y nuevas actividades económicas.
  • Declarar las operaciones con terceros. A través del model 347, la SL deberá declarar las operaciones por importes superiores a 3000 euros (IVA incluido) realizadas con terceros.

Obligaciones con Seguridad Social

La primera obligación es comunicar el alta, la variación o la baja de los trabajadores contratados. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social y el sistema RED está disponible el modelo TA/2S para hacer las presentaciones.

Pagar los seguros sociales de los trabajadores es la siguiente obligación con el personal. Al momento de producirse el inicio de la relación laboral, el empresario adquiere la obligación mensual del pago de los seguros sociales.

Escrito por

Periodismo y redacción creativa. Estudié Cs. de la Comunicación en la Universidad de Buenos Aires.

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