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El negocio – Guía Informativa para Autónomos y Pymes

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Medidas a cumplir para reabrir tu comercio y evitar sanciones

La Secretaria de Estado de Comercio y el Ministerio de Sanidad han elaborado una Guía de Buenas Prácticas para que los autónomos cumplan con las medidas vigentes y puedan evitar sanciones.

La desescalada propuesta por el Gobierno ha colocado a la gran mayoría de regiones españolas en Fase 1. Esto significa que la gran mayoría, de los más de 300.000 pequeños comercios nacionales, han reabierto sus puertas o están preparados para hacerlo.

Por este motivo, la Secretaria de Estado de Comercio y el Ministerio de Sanidad han elaborado una Guía de Buenas Prácticas para resolver las dudas de los autónomos. La intención es ayudar a estos pequeños negocios a adoptar las medidas más adecuadas que garanticen la seguridad del personal y del cliente.

Medidas organizativas frente al coronavirus

Desde la Secretaría de Estado explican que la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas, la distribución de espacios, la organización de los turnos, y el resto de condiciones de trabajo deben modificarse para garantizar las distancias de seguridad mínimas exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad.

Es obligación del autónomo dotar a sus empleados de los medios necesarios para realizar el lavado de manos con el uso de gel o soluciones alcohólicas con el fin de mantener una correcta higiene.

El dueño del negocio debe facilitar información y formación al personal en materia de higiene y sobre el uso de guantes y mascarillas. De manera, que estos procesos se realicen de manera segura.

Medidas de protección de los trabajadores

En el caso de contar con empleados cuyo perfil sea el de “persona de riesgo”, el autónomo deberá ponerse en contacto con el servicio de prevención para realizar una revisión de su puesto de trabajo. Éste determinará la conveniencia o no de recomendar su aislamiento preventivo.

El negocio debe contar con un protocolo de actuación en caso de detección de posibles personas infectadas o de personas que hayan estado en contacto con contagiados.

Medidas en caso de sospecha de infección

En el caso de que uno de los empleados o el propio autónomo presente síntomas compatibles con la enfermedad, habrá que avisar al teléfono que disponga la comunidad autónoma correspondiente.

Hasta que intervengan las autoridades sanitarias, deberán extremarse las medidas de higiene y distanciamiento social. Además, los trabajadores del comercio deberán llevar mascarilla quirúrgica.

No se debe compartir objetos con clientes u otros empleados pero si fuese inevitable como en el caso de las tarjetas de pago, billetes o monedas; será obligatorio realizar una desinfección de manos.

Por otro lado, el autónomo deberá notificar al servicio de prevención para que adopte las medidas oportunas y cumpla con los requisitos de notificación que establece el Ministerio de Sanidad.

Medidas en caso de detección

En primer lugar, según el Ministerio de Sanidad, el autónomo debe realizar una desinfección intensiva de todos los espacios; sobre todo botones, pomos, puerta, barandillas, mostradores o griferías.

En el caso de que uno de los empleados sea la persona infectada, el comerciante deberá notificar al servicio de prevención para que éste adopte las medidas oportunas y cumpla con los requisitos de notificación que establece el Ministerio de Sanidad.

Medidas en el establecimiento

El autónomo deberá informar en la zona de venta de los procedimientos de higiene publicados por las autoridades sanitarias mediante carteles. Además, los clientes deben evitar la manipulación directa de los alimentos especialmente los no envasados, y de equipos.

El Ministerio recomienda fomentar el pago con tarjeta, así como la limpieza del TPV tras cada uso. Además de la utilización de guantes en cada cobro. Por otro lado, el personal que manipule dinero u otros medios de pago no debe despachar simultáneamente alimentos.

En caso de picos con afluencia masiva de clientes y cuando no se pueda garantizar la distancia mínima de seguridad, una vez se haya cogido turno, se deberá esperar fuera del establecimiento. Se marcará una línea de seguridad en el suelo de forma que se asegure la distancia de seguridad.

Se recomienda el uso de mamparas o elementos físicos que aseguren la protección tanto del vendedor como del cliente. El Ministerio recomienda instalar en las cajas de cobro mamparas de plástico.

Disponer de papeleras con tapa y pedal para depositar pañuelos y cualquier otro material desechable que deberán ser limpiadas de forma frecuente. Así como asegurar la distancia entre el cliente y los productos no envasados.

Escrito por

Periodista experto en información económica. Especializado en autónomos y PYMEs de la hostelería y el comercio.

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