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Los padres tendrán la baja laboral solo si sus hijos dan positivo por coronavirus

La baja por coronavirus del hijo será igual a cualquier cuarentena. En el caso de un negativo podrá hacer la cuarentena con el menor, pero no habrá retribución

Los padres tendrán la baja laboral solo si sus hijos dan positivo por coronavirus. Fuente: Pixabay.
Los padres tendrán la baja laboral solo si sus hijos dan positivo por coronavirus. Fuente: Pixabay.

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, declaró este martes, las dos formas que habrá en el marco laboral para los padres que tengan que cuidar de sus hijos. Si la PCR del menor resulta positiva en coronavirus, el progenitor tendrá derecho a una baja retribuida. En caso contrario no habrá tal retribución y solo podrá acogerse al programa ‘Me Cuida’ del Ministerio de Trabajo.

«Si un niño es positivo, hay obligación de cuarentena de los convivientes, con la baja laboral bajo criterio facultativo», explico la ministra.

Frente a la situación de regreso escolar Montero dijo que «los padres de los niños son convivientes directos, y tienen derecho a una baja retribuida».

La ministra portavoz confirmó que la baja será igual a otra laboral o si algún otro conviviente diese positivo en coronavirus. «Por tanto, tranquilidad en este sentido porque ya hay mecanismos y, en caso, de que se den nuevas circunstancias que no estén en este momento previstas y que requieran de la permanencia de los padres en el domicilio por alguna causa, se buscarán, como hemos hecho durante toda la pandemia», concluyó.

Por su parte el presidente Pedro Sánchez recordó que actualmente “existe ya una baja por incapacidad reglada por la Seguridad Social y, por tanto, aquellos padres y madres que tengan esta eventualidad se pueden acoger a ello”.

No habrá baja laboral si el test es negativo en coronavirus

El gran problema se presenta cuando el menor de negativo en la PCR pero tenga que guardar cuarentena por contacto directo con un positivo en coronavirus. En este caso, no habrá baja retribuida y será el cuidador el que tenga que guardar también cuarentena.

Para estos casos existe el plan ‘Me Cuida’, que se aprobó al inicio de la pandemia ante el cierre de colegios. Dicho plan permite a los trabajadores adaptar o reducir su jornada laboral para el cuidado de personas a su cargo (hasta segundo grado), admitiendo una reducción del 100% de la jornada (en ese caso sin sueldo), sin ser sancionados o despedidos por ello.

“El real decreto, el 8/20, que se aprobó este año y tiene vigencia hasta el próximo día 22 de septiembre es un programa que se llama ‘Me Cuida’ y reconoce la capacidad de poder flexibilizar hasta en un 100% cuando cualquier trabajador, madre o padre, tenga esta eventualidad con sus hijos”, explicó el presidente.

Sánchez asegura que “se está en negociación en el marco del diálogo social” respecto a la opinión de los empresarios frente a estas medidas, pero insiste en que “ya la Seguridad Social reconoce este derecho por incapacidad temporal de esta eventualidad”.

Escrito por

Periodista Argentina especializada en Mkt Digital. Fan del Social Media. Me gusta experimentar con todas las plataformas digitales para encontrar nuevas formas de contar historias.

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