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Impuestos

Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

El Impuesto sobre la Renta de no Residentes es el tributo directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y entidades que no residen en dicho territorio

Fuente: altai.es

Si cuentas con una vivienda en España pero resides menos de 6 meses en el país por año, debes estar atento/a. Porqué tendrás que pagar el Impuesto de la Renta como No Residente. Y de no hacerlo traería sanciones importantes. A continuación te explicamos un poco más a detalle.

¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de No Residentes?

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes o IRNR, es un tributo directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y entidades no residentes en dicho territorio.

¿Quién debe presentarlo?

Comencemos por definir quiénes son los individuos sujetos a este impuesto.

El impuesto de no residente se aplica a aquellas personas que pasan menos de 183 días por año en España (no residentes) y obtienen cualquier tipo de ingreso en el país.

A diferencia de los residentes fiscales, que necesitan declarar su renta obtenida a nivel mundial, el impuesto sobre la renta de los no residentes solo se aplica a los ingresos que se generan en España.

Así, básicamente, si cumples con los 3 requisitos siguientes, deberás pagar el IRNR:

  • Vives en España menos de 6 meses al año.
  • La mayor parte de tus actividades profesionales no están basadas en España.
  • Ni tus hijos ni tu cónyuge viven en España durante todo el año.

Es decir, si no eres residente y dispones de algún tipo de activo en España (como una vivienda que tienes alquilada, acciones, bonos, cánones de propiedad intelectual, etc.); deberás pagar el impuesto sobre la renta de no residente.

¿Cuanto debo pagar sobre la renta?

El impuesto de no residente representa una tasa impositiva fija del 24%.

No se podrán aplicar deducciones o bonificaciones aquí. Sin embargo, la cantidad anual a pagar no es demasiado elevada. 

¿Cómo declarar y pagar el impuesto de no residente?

Muchos extranjeros no son conscientes que deben pagar este impuesto.Y la realidad es que nadie va a venir a decirles si deben hacerlo o no. Pues es nuestra responsabilidad saberlo.

Y es que no pagar el impuesto de no residente significa pagar una multa importante al año siguiente. Esta sanción incluye la cantidad que no pagaste más un extra 100% o 150% de esa suma.

En ese sentido, este impuesto para expatriados debe pagarse antes del 31 de diciembre de cada año. Graba todo el año natural (de enero a diciembre).

Sin embargo, si por ejemplo compraste tu vivienda en junio, únicamente pagará los 6 meses restantes.

¿Qué modelos habrá que presentar?

A continuación te mostraremos las novedades referentes al año en curso.

De momento, el 12 de junio se publico la Orden HAC/565/2020, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

En concreto, los modelos de declaración que se aprueban son:

  • Modelo 200 (en impreso): Declaración del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español).
  • Modelo 220 (en formato electrónico): Declaración del Impuesto sobre Sociedades-Régimen de consolidación fiscal correspondiente a los grupos fiscales.

Asimismo se aprueban los siguientes modelos de documentos de ingreso o devolución:

  • Modelo 206 (en formato electrónico): Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español).
  • Modelo 200 y 220.

Consulta la web de la Agencia Tributaria para mayor información. De igual manera en entradas anteriores de elnegocio.es tenemos los articulos relacionados al IRNR. ¡No olvideles visitarnos y asegúrarte de tener tus obligaciones fiscales siempre al día!

Escrito por

Lic. en Informática y Redactora. Creando contenido de valor en elnegocio.es

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