La ECN (European Competition Network) es totalmente consciente de las consecuencias sociales y económicas que ha desencadenado el brote del Covid-19 en la Unión Europea y en el Espacio Económico Europeo.
Los diferentes instrumentos de competencia de la UE/EEU disponen de medidas para tener en cuenta los desarrollos económicos y del mercado, en los casos que sea conveniente y necesario. Las reglas de defensa de la competencia aseguran una igualdad de condiciones entre las compañías. Este objetivo sigue siendo relevante incluso en un periodo en el que las compañías y la economía en su conjunto sufren condiciones de crisis.
La ECN entiende que esta situación extraordinaria puede desencadenar la necesidad de que las empresas cooperen para asegurar el aprovisionamiento y la distribución de productos escasos para todos los consumidores.
En las circunstancias actuales, la ECN no intervendrá activamente contra las medidas puestas en marcha y que sean necesarias y temporales para evitar una escasez en el aprovisionamiento.
Teniendo en cuenta las circunstancias actuales, es improbable que esas medidas impliquen un problema ya que no supondrán restricciones a la competencia, según el Artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (EU)/Artículo 53 EEA, ni probablemente generen eficiencias que puedan pesar más que ese tipo de restricciones. Si las empresas tienen dudas sobre la compatibilidad de esas iniciativas de colaboración con la normativa de competencia de la EU/EEA, pueden ponerse en contacto con la Comisión Europea, la Autoridad de Vigilancia de la EFTA o las autoridades nacionales de competencia para asesoramiento informal.
Al mismo tiempo, es de vital importancia asegurar que los productos considerados esenciales para proteger la salud de los consumidores en la situación actual, (por ejemplo, mascarillas y geles desinfectantes) continúen disponibles a precios competitivos. Por ello, la ECN no dudará en actuar contra las compañías que se aprovechen la presente situación creando cárteles o abusando de su posición de dominio.
En este contexto, ECN señala que la normativa existente permite a los fabricantes establecer precios máximos para sus productos. Esto puede ser útil para limitar un aumento injustificado de los precios en el eslabón de la distribución
Fuente. CNMC
