Los epígrafes de autónomos es algo que nadie nos explica cuando nos damos de alta, no conocemos ni tenemos constancia y es que al realizar dicha alta, debemos elegir bajo qué epígrafe realizaremos nuestra actividad ya que según el mismo, cotizaremos y deberemos retener IRPF de una forma u otra, así como qué IVA incluir.
¿Qué es un epígrafe como autónomo?
El epígrafe es el número que hace referencia a la actividad profesional que vas desarrollar. De esa manera, la administración puede saber a qué nos dedicamos y qué actividad realizamos.
Para definir nuestro epígrafe tendremos que elegir uno de los códigos ya estipulados dentro de los disponibles en el listado de actividades IAE.
Si eres del area de marketing o publicidad, se te asignara un epígrafe. Si haces libros (escribes o vendes), tendrás otro. Si eres maestro o psicólogo, otro diferente y según este epígrafe, tu retención de IRPF será una u otra y el IVA también estará afectado.
¿A cuántos epígrafes puedes adscribirte?
Puedes adscribirte a los que quieras. Según las actividades que realices, podrás escoger ese epígrafe. Es muy importante que te des de alta en aquellos en los que desarrolles actividad porque no puedes facturar algo de una actividad a la que no estás adscrito en epígrafe.
¿Según tu actividad cuál es tu epígrafe?
Veamos, cuando te das de alta como autónomo o en el momento que comienzas una nueva actividad, tendrás que notificar a la Administración que quieres estar sujeto a dicho epígrafe.
Nos encantaría que fuese más fácil, pero la verdad es que el listado de epígrafes de IAE no recoge ni de lejos todas las actividades actuales, sobre todo, no está actualizado como debiera a las profesiones más tecnológicas y online que están proliferando y que son cada vez más usuales.
El listado es bastante “genérico” y faltan muchos detalles o especificaciones como decimos, a estas nuevas profesiones (por ejemplo influencer, generador de contenidos, etc).
Hay una lista de estos epígrafes con una breve descripción de la actividad a la que se refieren y puedes descargarlo aquí.
Léelo bien y decide en cuál de ellos quieres darte de alta. Elige el más afín a tu actividad y si necesitas estar en más de uno, hazlo. Mejor que sobren a que no estés facturando en algo que supuestamente no puedes hacer. En el listado encontrarás un número relacionado con cada epígrafe y será ese número el que pondrás en la solicitud de alta. En la página 5 de tu documento de alta de autónomo es donde debes indicar el número de epígrafe elegido.
El IVA y los epígrafes
El IVA es uno de los grandes “afectados” por los diferentes epígrafes y tendrás que tenerlo en cuenta a la hora de incluirlo o no y qué porcentaje en tus facturas. En general, todos los autónomos estamos obligados a incluir IVA en nuestras facturas pero según la normativa legal vigente, hay varias excepciones (no tendrán que incluir IVA en sus facturas):
- Personas físicas.
- Los sujetos pasivos durante los dos primeros años de su actividad que esté realizada en España. También los sujetos pasivos que tengan determinados tratados de exención o según convenios internacionales.
- Las mutuas de previsión social y las entidades gestoras de la Seguridad Social.
- Colegios, formación, enseñanza (pública y concertada), organismos públicos de investigación…
- Todas las asociaciones sin ánimo de lucro que estén enfocadas en el tratamiento a personas con disminuciones físicas – psíquicas y sensoriales.
- Cruz Roja.
Si tienes alguna duda sobre tu caso particular te recomendamos que consultes aquí, en el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo en el que se detalla la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Epígrafes según sus actividades profesionales
Hay tres grupos de actividades en las que se engloban todos los epígrafes disponibles según la propia Administración.
A continuación podrás encontrarlos más detallados para que fácilmente descargues los listados y así elegir tu epígrafe.
Sección 1 – Epígrafes IAE para Actividades Empresariales
Si te dedicas a una actividad profesional relacionada con la ganadería, agricultura, obra, comercio, restaurantes, energía y agua, química, etc, esta es tu categoría. En sí sería para todos los autónomos que no encuentren su epígrafe en la sección 2 que sería la más habitual.
Lo que denota a esta sección es que no hay que establecer retención en la factura emitida (con algua excepción de módulos).
Descargar listado de epígrafes Aquí.
Sección 2 – Epígrafes IAE para Actividades Profesionales
Se engloban aquí las actividades destinadas a prestación de servicios ya sea de forma personal o a través de sociedades profesionales. Es el profesional que emite la factura el que tendrá que incluir el IVA y retención en las mismas.
Descargar listado de epígrafes Aquí.
Sección 3 – Epígrafes IAE para Actividades Artísticas
Por último, todas aquellas actividades que sean derivadas del espectáculo, los deportes entre otras tienen que estar dentro de la sección 3. Esta sección contiene particularidades específicas que deben ser vistas y consideradas de forma individual.
Descargar listado de epígrafes Aquí.
Lic. en Informática y Redactora. Creando contenido de valor en elnegocio.es