Cada año es obligatorio rendir cuentas a Hacienda de nuestras obligaciones fiscales con respecto a los Modelos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Veamos un poco de que se trata.
¿Qué es el IRPF?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF es el impuesto que están obligados a pagar y que “grava” la renta de todo un año de todas las personas que residen en España. El sistema tributario español es financiado principalmente gracias a este impuesto. Consiste, además, en un impuesto de carácter progresivo y directo.
Características del IRPF
- Directo: Grava la riqueza en su manifestación de renta.
- Personal: El hecho imponible está en relación con el sujeto pasivo.
- Subjetivo: Tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares.
- Analítico: Diferente tratamiento según el tipo de renta.
- Periódico: Hecho imponible continuo, periodificado para ser cobrado.
- Cedido: Parcialmente a las CCAA.
¿Cuáles son los modelos de declaración del IRPF?
Para la Agencia Tributaria, existen una serie de modelos que la mayoría de autónomos tienen que presentar obligatoriamente de forma periódica. A continuación te mostramos los más importantes:
Modelo 100: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual.
Mejor conocido como la declaración de la renta, y es que, por medio de este modelo, cualquier persona física, sea autónomo o no, tiene que realizar anualmente su declaración del IRPF. Toda persona física cuyos ingresos superen a los 22,000 € anuales con un pagador o los 14.000 € de dos o más pagadores (12.643 € en 2019), siempre que los ingresos del segundo pagador no superen los 1.500 € anuales. El resto de supuestos podrás consultarlos a través de la página de la Agencia Tributaria.
Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
Aquellos autónomos que tengan arrendado un local para el desarrollo de su actividad tendrán que presentar el modelo 115. Tendrás que rendir cuentas a Hacienda por las retenciones que hayas practicado cada mes en el pago de tu alquiler a lo largo del trimestre.
Lo presentarán aquellas pymes y autónomos que sean los titulares de un contrato de arrendamiento de inmueble urbano que es afecto a su actividad económica, a excepción de los alquileres de vivienda que la empresa paga a sus trabajadores.
Se puede presentar vía telemática por medio de la página web de la Agencia Tributaria teniendo el certificado digital o en alguna entidad bancaria que colabore con la declaración para realizar el ingreso correspondiente.
Modelo 130: IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.
Por medio de la presentación del modelo 130, autónomos, profesionales, socios de sociedades civiles y comunidades de bienes presentaran sus beneficios obtenidos y realizar cada trimestre el pago a cuenta de su futura declaración anual de IRPF. Los autónomos que tributen por medio del método de estimación objetiva, utilizaran el Modelo 131.
Los profesionales que retienen al menos el 70% de sus ingresos de forma previa a sus facturas, quedan exentos de presentarlo.
Se presenta vía telemática a través de la página de la Agencia Tributaria.
Modelo 347: Declaración Informativa. Declaración anual de operaciones con terceras personas.
Por medio del modelo 347 se informará a la Agencia Tributaria sobre los clientes, proveedores o acreedores a los que se les haya comprado o vendido bienes o servicios a lo largo del ejercicio anterior. Es meramente informativo, no supone el pago o devolución de importe alguno.
Lo presentarán todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades profesionales y hayan realizado operaciones con terceros por un valor igual o superior a 3.005, 11Jun. (IVA incluido) a través del año natural al que se refiere esta declaración.
Se presentará obligatoriamente durante el mes de febrero de cada año, declarando las operaciones correspondientes al año anterior, de forma telemática por medio de la página de la Agencia Tributaria.
Modelo 349: Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
A través de este modelo declaran las operaciones intracomunitarias de una forma detallada. El objetivo principal es informar a la Agencia Tributaria sobre las compraventas de bienes y servicios realizados a una empresa o profesional en un país de la Unión Europea. La información que contenga este modelo debe coincidir con la información del modelo 303.
Están obligados a presentarlo los profesionales que estén obligados a liquidar el IVA y que han realizado operaciones intracomunitarias, siempre que no se haya realizado en el mismo territorio donde aplicaron el impuesto y que ambos profesionales se encuentren registrados oficialmente como operadores intracomunitarios con su número identificativo correspondiente.
Se tendrá que presentar dentro de los 20 días hábiles posteriores al mes del cual realizaron las operaciones y de forma telemática a través de la página de la Agencia Tributaria.
Es una declaración recapitulativa anual con las operaciones dependientes a la liquidación del IVA. Es por tanto el equivalente anual al modelo 303, con la diferencia de que el modelo 390 es presentado de manera anual al cierre de cada ejercicio fiscal y meramente informativo, sin aplicar alguna liquidación.
Estando obligados a presentarlos los mismos sujetos pasivos que tengan que presentar el Modelo 303, a excepción de los autónomos que tributen en módulos y los que se dediquen al arrendamiento de inmuebles urbanos. Del 1 de enero del año próximo al ejercicio fiscal correspondiente, a través de la página oficial de la Agencia Tributaria.
Si deseas consultar el listado completo de los Modelos y formularios del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, así como, las instrucciones para la impresión de los mismos, da clic aquí para ver más.
¿Cómo se calcula?
El cálculo del IRPF se realiza partiendo del reparto en dos bloques de las rentas obtenidas:
- Rentas que se incluyen en la base imponible general.
- Rentas que se incluyen en la base imponible del ahorro.
Dependiendo de su inclusión en un bloque o en el otro, las rentas soportarán unos tipos determinados de gravamen en acorde a una escala aprobada reglamentariamente. A las rentas sumadas de cada bloque se les aplicará un tipo impositivo (porcentaje) para obtener la cuota a pagar.
La base imponible que conforma la suma de las rentas puede también minorarse mediante la aplicación de reducciones e incentivos fiscales, lo que dará como resultado que el impuesto a pagar sea menor. Lo mismo ocurre con la cuota resultante de la liquidación.
Partes de la base imponible
La base imponible está integrada por las distintas rentas que gana una persona física.
- La parte más importante para la mayoría de habitantes son los rendimientos del trabajo (entre ellos, los rendimientos dinerarios). A pesar de su nombre, esta parte no comprende todos los ingresos de trabajo sino solo aquellos que se ganan como empleado de una compañía. Por ello, excluye los ingresos que se ganan por cuenta propia.
- Los rendimientos de capital mobiliario también están sujetos al IRPF. Se consideran rendimientos de capital mobiliario. Por ejemplo: dividendos o participaciones en los beneficios de cualquier tipo de entidad.
- Rendimientos de capital inmobiliario. Como ya dice el nombre, son ingresos que se obtienen a partir de elementos tangibles, como arrendamientos de locales o subarrendamientos.
- Los rendimientos de actividades económicas son los ingresos que proceden de la actividad empresarial por cuenta propia. La actividad empresarial a su vez se define como actividad que incluye trabajo y capital conjuntamente y está orientada a ganar dinero.
Por cada parte de la base imponible se pueden deducir costes relacionados a esta actividad.
Retenciones de IRPF
La retención a cuenta de IRPF es un anticipo que la Administración tributaria percibe de una persona física que genera rentas, ya sea un trabajador por cuenta ajena o un autónomo. Si es un trabajador por cuenta ajena la retención se aplicaría sobre la nómina y en el caso de los autónomos sobre la factura.
Las retenciones que se aplican a las nóminas de los trabajadores dependen del salario y de la situación familiar. Las retenciones, además, se aplican por tramos.
El IRPF de los autónomos
Los autónomos, como personas físicas, tributan su actividad por el IRPF. Los tramos de IRPF para 2019 y 2020 son los mismos que para cualquier otra persona física. Algunos de ellos – no todos – aplicaran retenciones en las facturas que emiten a sus clientes y declararlas de manera trimestral.
¿Cuál es el plazo de presentación de las declaraciones del IRPF?
Por lo que respecta al plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del IRPF, cualquiera que sea su resultado, será el siguiente:
- En general: el comprendido entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2020, ambos inclusive.
- En el caso de domiciliación bancaria de las declaraciones: desde el 1 de abril hasta el 25 de junio de 2020, ambos inclusive, excepto que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo: hasta el 30 de junio de 2020.
Aquí podrás acceder a la actualización sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020.
Si aún tienes dudas, es recomendable contratar a un gestor especializado, que analizará cuidadosamente tu documentación para que los resultados sean lo más favorables a tus intereses.
Lic. en Informática y Redactora. Creando contenido de valor en elnegocio.es
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