La vuelta a la nueva normalidad está devolviendo a las personas a las mesas de bar, a las pequeñas reuniones de amigos en terrazas. Los autónomos se han visto obligados a reducir el aforo de sus terrazas. No obstante, se puede solicitar una ampliación.
Cómo solicitar una ampliación de terraza
Cuando se pretenda solicitar la ampliación de una terraza ya autorizada con carácter previo se presentará una solicitud por escrito en el Registro de entrada del Ayuntamiento correspondiente.
En este solicitud se deben indicar los términos de la ampliación de superficie que se pretende acometer. Además, se deben presentar una serie de documentos:
- Relación de los elementos y mobiliario que se pretendan instalar, con indicación expresa de su número y características, incluyendo fotografías.
- Declaración de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.
- Copias del seguro de responsabilidad civil e incendios y licencia o acreditación de cumplir los requisitos para obtenerla.
- Plano de situación de la terraza a escala 1:1.000 o 1:500, en el que se refleje la superficie que se pretende ocupar, ancho de acera, distancias a esquinas, paradas de transporte público y bocas de metro, pasos de peatones y de vehículos, salidas de emergencia, entradas peatonales a edificios, puntos fijos de venta, cabinas de teléfono y rebajes para personas con movilidad reducida, establecimientos sanitarios privados de interés público y los elementos de mobiliario urbano existentes.
- Plano de detalle a escala 1:100 o 1:200 que indique todos los elementos y mobiliario de la terraza, su clase, número, dimensiones, superficie a ocupar y, en su caso, sistemas de sujeción al pavimento.
- En el caso de que se trate de una terraza con elementos que la delimitan o acondicionan, será necesario aportar la documentación específica establecida en la normativa municipal sobre gestión de obras en la vía pública y sobre acceso a las redes de suministro para el tipo de actuación de que se trate, y en su caso, certificado del técnico facultativo acerca de la adecuación de sus condiciones de prevención y extinción de incendios, evacuación estabilidad y reacción al fuego.
En este artículohosteleria
Escrito por
Pablo Escalona
Periodista experto en información económica. Especializado en autónomos y PYMEs de la hostelería y el comercio.
Haga clic para comentar