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El negocio – Guía Informativa para Autónomos y Pymes

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Ayudas para autónomos en Baleares ante la crisis del COVID-19

El gobierno balear ha aprobado una serie de ayudas para autónomos en Baleares. En este artículo te contamos cuáles son las claves para que las consigas.

Las ayudas para autónomos en Baleares son una pieza angular de la supervivencia económica. Los trabajadores autónomos de las islas se han visto severamente perjudicados a raíz del estado de alarma que el Gobierno ha lanzado para intentar frenar el avance de la pandemia. Mientras que las medidas gubernamentales se perfilaban como correctas desde el punto de vista epidemiológico, estas arrasaron con la ya frágil y exigida economía del sector autónomo. En muchas ocasiones, las ayudas no han sido siquiera suficientes para mantener los gastos fijos de los autónomos.

Como era de esperar, las ayudas por parte del Estado para mitigar esta situación, no han resultado suficientes. A continuación, exploraremos cuáles son las ayudas para autónomos en Baleares con las que cuenta un trabajador por cuenta propia, así como también los caminos por los cuales acceder a ellas.

¿En qué situaciones el trabajador puede apelar al ERTE?

Si el autónomo desea ampararse en el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), podrán hacerlo si tienen contratados trabajadores por cuenta ajena. No obstante, será necesario que concurran las causas productivas o de fuerza mayor previstas para el caso.

Ayudas para autónomos en los alquileres

Solicitud de moratoria de pago: se podrá solicitar una moratoria para retrasar los pagos de los alquileres de los locales comerciales o de trabajo durante el tiempo que dure el estado de alarma y las mensualidades que les sigan a su finalización. Estas serán prorrogables de a una, hasta alcanzar un máximo de cuatro mensualidades. Una vez superada esta etapa, el autónomo o la PyME contará con dos años para reintegrar el importe de los meses que no hayan sido pagos, las cuales no tendrán intereses y se podrán fraccionar. Las condiciones para acceder a este beneficio son que el contrato de alquiler que mantenga el autónomo o la PyME sea con una entidad o empresa pública o con un gran tenedor, lo cual se traduce en una persona que cuenta con más de diez viviendas urbanas.

Requisitos adicionales:

  • Contar con menos de 50 empleados
  • Tener una cifra de negocio menor a ocho millones de euros
  • Contar con un activo de un máximo de cuatro millones de euros

Será suficiente cumplir con dos de estos requisitos para solicitar el beneficio. El procedimiento para solicitarlo es presentarle al arrendatario una declaración responsable en la que figure la reducción de la facturación. A su vez, este tendrá derecho a solicitar ver los libros contables de la empresa.

Prestaciones por concepto de cese de actividad

A los efectos de evitar solicitar la baja en calidad de trabajador autónomo, es posible tramitar la prestación económica hasta que se dé por finalizado el estado de alarma, la cual ha sido dispuesta para tal fin. Los requisitos son:

  • Que la actividad comercial se haya visto suspendida por el estado de alarma
  • Haber experimentado una baja de al menos el 75% en la facturación comparada con el semestre anterior

Durante este lapso de tiempo, se cotizará a la Seguridad Social. Las prestaciones que podrían llegar a cobrar en un futuro, no se verán reducidas.

¿Qué es lo que el autónomo o microempresario puede esperar cobrar? Lo siguiente:

  • 70% Media de cotización: se tomarán en cuenta los últimos doce meses dentro del Régimen Especial de la Seguridad Social para los Autónomos. Esta ayuda dura un mes. Sin embargo, puede ser prorrogable hasta el último día del mes en el que se declare la finalización del estado de alarma.

A los efectos de solicitar esta prestación, el autónomo debe haberse encontrado de alta en el RETA o en el Régimen Especial del Mar al día del 14 de marzo de 2020, al tiempo que deberá acreditar la reducción de su facturación.

¿Qué sucede con el autónomo que tiene pluriactividad?

Los trabajadores por cuenta ajena que estén en régimen de pluriactividad también se preguntan si pueden o no optar a las ayudas para autónomos en Baleares. Lo cierto es que aquellos que se encuentren trabajando por cuenta ajena al tiempo que están dados de alta en el RETA, pueden pedir la prestación si su facturación resultó reducida en un 75% como mínimo, siempre que esto haya sido a causa del estado de alarma. Esta solicitud es independiente al hecho de que la empresa para la cual trabaje lo incluya en un ERTE, si resulta despedido o si sigue trabajando como hasta antes del decreto que llevó a Baleares al confinamiento obligatorio.

En el caso de ser despedido o incluido en un ERTE, será necesario solicitar la baja del RETA.

Esta prestación es compatible con el Bono Social otorgado por el gobierno central.

Escrito por

Periodista experto en noticias jurídicas y actualidad económica.

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