En relación a la negociación del II Convenio Colectivo Autonómico del Transporte Sanitario del País Vasco, la Parte Empresarial quiere trasladar públicamente la última oferta presentada a los representantes de los trabajadores y trabajadoras.
Pero previamente, resulta necesario contextualizar la situación de este Sector de Actividad que aglutina a alrededor de 1.800 personas trabajadoras en todo Euskadi y trasladar nuestra versión del proceso de negociación.
El actual Convenio Colectivo (2020-2021) surgió como consecuencia de las graves diferencias existentes entre las 3 provincias vascas a nivel colectivo; y ello porque cada una de ellas disponía de un Convenio Colectivo Provincial y las empresas operadoras en ese momento aplicaban en su conjunto más de 6 convenios diferentes (sin perjuicio de que algunos estuvieran caducados desde hacía años). Como consecuencia de lo expuesto, existían unas diferencias sustanciales en las condiciones del régimen del trabajo (en especial en cuanto a las retribuciones hacía referencia, pero también en cuanto al calendario laboral, horas a trabajar…) de las personas trabajadoras, dependiendo única y exclusivamente del Territorio Histórico donde prestaran los servicios. Atendiendo a tales circunstancias y particularidades, tanto las Empresas adjudicatarias como el propio Gobierno Vasco, con la colaboración de los miembros de los distintos Comités de Empresa, se pusieron a trabajar en ese 1º Convenio Colectivo Sectorial de Euskadi.
Dicho Convenio fue el resultado de un arduo trabajo realizado por todas las partes implicadas e interesadas, que mantenían, al menos inicialmente, unas posiciones muy encontradas en muchas de las materias a negociar. Prueba de ello el hecho de que alcanzar el acuerdo ocupó más de 2 años de negociación y aproximadamente unas 75 sesiones de trabajo. Las Empresas hicieron en aquel momento, y siguen haciéndolo en la actualidad, un gran esfuerzo para dar cumplimiento a ese Convenio, que resultaba nuevo para todas las partes y, consecuentemente, se redactó sin poder contar con los datos estadísticos necesarios para poder hacer el análisis del impacto económico real de la implementación del mismo.
Tras llegar a su vencimiento el referido 1º Convenio Colectivo, el pasado 31 de diciembre de 2021 se convocó la Mesa Negociadora para iniciar la negociación del nuevo (2º) Convenio Colectivo Sectorial. Tras la celebración de varias reuniones de carácter mensual, y solicitar reiteradamente la Parte Empresarial a los sindicatos con representación en el sector -negociantes- la concreción de las distintas plataformas al objeto de procurar el inicio de las negociaciones de manera formal, finalmente el 9 de mayo de 2022 ELA propuso la suya propia, con fecha 5 de diciembre de 2022 se propuso por el colectivo conformado por LSB-USO, UGT Y CCOO la Intersindical, y con fecha 15 de diciembre de 2022 presentó LAB la última de ellas.
Entre medias, y más concretamente con fecha 29 de septiembre de 2022, tras el parón del verano y atendiendo la solicitud unánime de los Sindicatos, la Parte Empresarial presentó su plataforma.
La pregunta que resulta evidente de la exposición de los hechos realizada es: ¿Qué hemos hecho durante todo un año sin las Plataformas Sindicales? ¿Qué se ha negociado en los últimos 12 meses? Pues la respuesta es fácil y sencilla, nada.
Y nada porque en todas y cada una de las reuniones celebradas durante el referido período los representantes de los trabajadores se limitaron a verter constantes reproches a la Parte Empresarial, evitando en todo momento entrar en el detalle de los contenidos a negociar de cara al Convenio Colectivo. Es más, la única reivindicación que se formuló por la Parte Social fue la equiparación a las condiciones de Osakidetza, aun siendo perfectamente conocedores, tal y como viene reiterándoseles y acreditándoseles, que dicha equiparación por la Parte Empresarial resulta sencillamente inviable. Y ello porque no existe partida presupuestaria suficiente para poder atender las reivindicaciones inherentes a dicha solicitud. Es decir, procurando en la práctica una paralización (no avance) de las negociaciones, por su falta de predisposición a las mismas, enrocándose en una posición inmóvil.
Atendiendo a las evidentes mejoras en las condiciones laborales que se habían alcanzado como consecuencia del 1º Convenio Colectivo, la plataforma Empresarial estimó oportuno tomar como punto de partida el mismo, con la finalidad de un mayor desarrollo de la regulación contenida en la misma, y porque no hacerlo suponía en la práctica no sólo dejar sin efecto todo el trabajo que en su día supuso llegar hasta aquél, sino también obviar todos los derechos recogidos en el mismo.
En esta línea debemos destacar también que durante la negociación del 2º Convenio Colectivo la Parte Empresarial viene cumpliendo escrupulosamente con todos y con cada uno de los compromisos asumidos en la Mesa de Negociación.
Para finalizar, estimamos también necesario para una mayor aclaración de los hechos y comprensión de la situación en la que nos encontramos en la actualidad, recordar las siguientes cuestiones:
1º La COVID-19 ha supuesto en las Empresas adjudicatarias de los servicios una absoluta ruina económica, hasta el punto de poner en riesgo la viabilidad de los propios proyectos empresariales. Sirva como dato que el índice de absentismo laboral durante dicho período superó incluso el 35%, con los evidentes sobrecostes que de tal hecho se derivaron para las cooperativas adjudicatarias. No pudiendo olvidarnos tampoco del evidente sobrecoste (por importe superior al millón de euros) derivado del necesario aumento en el acopio de EPIs.
2º La inflación ha venido a acrecentar de manera sustancial dichos problemas económicos: incremento de los carburantes y de la energía (luz…), el precio de los productos médico-sanitarios incrementado exponencialmente…
Todas las circunstancias expuestas, absolutamente imprevisibles, han conllevado un desequilibrio enorme para todas las cooperativas adjudicatarias.
3º Las dotaciones económicas recogidas en los pliegos de los procedimientos de licitación -concurso- de los distintos servicios no se ajustaban correctamente al coste real y efectivo derivado de la masa salarial. Tal y como se ha expuesto en reiteradas ocasiones a las plataformas sindicales, y para que sirva a modo de ejemplo, en el concurso de la RTSU (Red de Transporte Sanitario Urgente) el coste de la masa salarial superaba el 100% del canon abonado por la Administración Pública, lo que irremediablemente conllevaba incurrir en pérdidas económicas que se acumulaban todos los meses.
Atendiendo a todas las circunstancias descritas, el hecho objetivo es que donde la Parte Social parece ver una rentabilidad económica derivada de las condiciones económicas contenidas en los pliegos de licitación de los servicios por parte de la Administración Pública en favor de la Parte Empresarial, en realidad lo que ha habido es un esfuerzo económico titánico por la parte de las cooperativas adjudicatarias por procurar mantener los servicios, haciendo frente a unas pérdidas económicas enormes que, tal y como ya anticipábamos, han llegado a poner incluso en riesgo los propios proyectos de las cooperativas adjudicatarias.
A pesar de todo lo expuesto, y observando que el nuevo concurso de la RTSU contenía una financiación más ajustada a la realidad de los costes empresariales, la Parte Empresarial ha ofrecido a los representantes de los trabajadores y trabajadoras un convenio con vigencia 2024-2028 (que permitirá dar seguridad jurídica a las partes al acompasar la vigencia del convenio a la vigencia de los concursos del transporte sanitario), una subida del 2,5% para cada año durante los cinco años, con base en los siguientes conceptos: salario base, pluses de nocturnidad, dietas y festividad y asistencia; una subida bruta de 275 euros para el plus de asistencia para cada año de los próximos cinco años; una reducción de jornada de 8 horas en 2024, y 4 horas en cada uno de los siguientes cuatro años, pasando de 1712 horas anuales a 1688 en 2028, 24 horas menos en total. Atendiendo a todos los factores, el incremento por hora de trabajo es del 4% para cada uno de los años (dependiendo de la categoría), lo que supondrá un incremento salarial superior al 20% acumulado para los cinco años (con un aumento del coste empresarial del 22,5%), superior a la media de los incrementos salariales en España y del convenio de la función pública de Euskadi (2,5%). Atendiendo además a las previsiones de inflación para los próximos años de organismos españoles e internacionales, este incremento salarial servirá para compensar las inflaciones de 2022 y 2023.
Pues bien, dicha propuesta empresarial ha sido tildada por la Parte Social de insuficiente (incluso de ridícula en alguna ocasión).
Y ello sin olvidar tampoco que las personas trabajadoras en este Sector en Euskadi son: las que menos horas trabajan de todo el país (1.712 horas anuales), frente a las 1800 horas de media a nivel estatal, y las que más ganan de media (16,88€/hora), frente a los 11,94 €/hora de media a nivel estatal. Sírvase a modo de simple ejemplo, un Técnico en Emergencia Sanitaria Conductor percibe un salario bruto anual de 27.440,39 €, además de un plus fijo de asistencia de 1.451,16 € sin tener en cuenta los pluses de noches, festivos ni la antigüedad. Mientras, el salario bruto anual de una persona trabajadora en la misma categoría que preste su servicio en otra comunidad autónoma es entre un 30% y un 50% menos por desarrollar los mismos puestos y funciones. (ver cuadros anexos; fuente Anea – Federación Nacional Empresarios Ambulancias-, con datos al cierre de 2022, y oferta de la parte empresarial sin tener en cuenta conceptos variables como nocturnidad, y domingos y festivos, necesarios en un sistema de atención sanitaria de 24 horas por 7 días a la semana).
Es por todo ello que la Parte Empresarial no alcanza a entender el bloqueo constante de la negociación por la Parte Social, ni las movilizaciones y huelga previstos para los próximos días. Queremos dejar claro que, por parte de las Cooperativas adjudicatarias de los distintos servicios, hemos realizado la oferta económica mayor posible-ya no estamos en disposición de mejorar la oferta económica- y la mesa de negociación del convenio no es el foro donde discutir otras reivindicaciones (como la equiparación y mismos derechos que el funcionariado que parecen pretender la Parte Social).
A este respecto hay que recordar que, para las nuevas contrataciones de la mayoría de las personas trabajadoras de este sector, se exige un curso de técnico en transporte sanitario o un grado medio, dependiendo del servicio donde desarrollen su trabajo, y son contratados sin tener que superar pruebas de acceso ni concurso oposición (como ocurre con los funcionarios o el personal laboral de la Administración).
Por todo lo expuesto, apelamos a que la Parte Social reconsidere su posicionamiento actual y cese en su actitud y conductas, y retome las negociaciones con un interés real y objetivo en alcanzar un acuerdo que redunde en beneficio de todas las partes negociadoras y de la propia Sociedad.
La Asociación Empresarial de Ambulancias del País Vasco (EOGE).
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